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Abogado mercantil revisando un contrato de empresa en Lucena

Empresas · Contratos mercantiles

Contratos mercantiles: lo que no se pacta, se discute en juicio.

Redactamos y revisamos los contratos que sostienen tu actividad, y reclamamos lo que no se cumple: sin firmar a ciegas y sin dejar prescribir la deuda.

Antes de firmar

Revisión de cláusulas

Negociación

Acuerdo sin pleito

Si incumple

Reclamación judicial

Contratación entre empresas

El contrato es la primera decisión de negocio.

Casi todos los conflictos mercantiles que llegan a un despacho se decidieron meses antes, en la mesa donde se firmó el contrato: un precio sin fecha de pago, una entrega sin consecuencias, un preaviso que nadie definió o una cláusula de resolución imposible de activar. Revisar ese documento cuesta una fracción de lo que cuesta un procedimiento.

Asesoramos a empresas y autónomos de Lucena, Córdoba y Málaga en las dos caras de la contratación: la preventiva —redacción y revisión de contratos de compraventa, suministro, distribución, agencia, servicios y obra— y la de reclamación, cuando el contrato ya se ha incumplido y hay que cobrar, resolver o exigir daños y perjuicios.

Todo encargo va con presupuesto cerrado y con el mismo abogado de principio a fin. Si además necesitas cubrir la parte laboral o de cumplimiento normativo, te lo cubrimos dentro del área de empresas.

Qué hacemos por tu empresa

Servicios contractuales

Desde el borrador del cliente hasta la demanda por incumplimiento, con una sola línea de trabajo.

Redacción a medida

Contratos redactados para tu operación concreta: objeto, precio, plazos, responsabilidad, penalizaciones, resolución y foro, sin plantillas genéricas que no cubren lo que tú necesitas.

Revisión antes de firmar

Analizamos el borrador del cliente o del proveedor y señalamos por escrito dónde estás asumiendo un riesgo desproporcionado, con propuesta de redacción alternativa para cada cláusula.

Compraventa y suministro

Contratos de compraventa mercantil, suministro y aprovisionamiento: entregas, calidad, precios revisables, reserva de dominio y garantías por defectos.

Distribución, agencia y franquicia

Contratos de distribución exclusiva o selectiva, agencia comercial y franquicia, con su indemnización por clientela, no competencia y extinción bien delimitadas.

Prestación de servicios y obra

Contratos de servicios profesionales, obra y mantenimiento: alcance, hitos, niveles de servicio (SLA), confidencialidad y propiedad de los resultados.

Incumplimiento y reclamación

Requerimiento fehaciente, resolución del contrato, reclamación de cantidad, cláusula penal, daños y perjuicios y negociación previa obligatoria antes de la demanda.

Metodología

Cómo trabajamos un contrato

  1. 01

    Entender la operación

    Antes de escribir una sola cláusula: qué se vende, a quién, con qué márgenes, qué pasa si falla y qué es innegociable para cada parte. Un contrato sin eso copia el riesgo en vez de repartirlo.

  2. 02

    Redacción y cuadro de riesgos

    Redactamos el contrato o marcamos el borrador de la contraparte con las cláusulas críticas señaladas y su consecuencia práctica, para que puedas negociar con argumentos y no solo con intuición.

  3. 03

    Negociación y firma

    Cubrimos la negociación de las cláusulas abiertas, preparamos el documento definitivo y, si el volumen o la confidencialidad lo piden, la firma electrónica cualificada.

  4. 04

    Vigilancia y reclamación

    Revisamos prórrogas y preavisos para no dejar caducar plazos, y cuando aparece el incumplimiento activamos la vía más rápida: cobro, resolución o demanda, según lo que más te convenga.

Por qué elegirnos

Contratos que aguantan una negociación y un juicio.

Contratos escritos para tu negocio

Trabajamos a diario con pymes de la Subbética y del área de Málaga: sabemos qué se discute de verdad en un contrato de distribución, de suministro o de servicios.

Prevenir cuesta menos que litigar

Una cláusula mal redactada se paga en el juzgado. Revisamos el contrato antes de la firma y, cuando el incumplimiento ya existe, buscamos cobrar sin pleito si es viable.

Interlocutor único y presupuesto cerrado

Llevas el contrato y su reclamación con el mismo abogado, con presupuesto por escrito antes de empezar y sin costes que aparezcan a mitad del asunto.

Preguntas frecuentes

Dudas de empresa sobre contratos

Las preguntas que más nos llegan de pymes y autónomos antes de firmar un contrato o después de sufrir un incumplimiento.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar si una empresa no me paga?

La acción personal para exigir el cumplimiento de un contrato prescribe a los cinco años desde que la deuda es exigible, plazo que se interrumpe con un requerimiento fehaciente —burofax o comunicación que acredite la recepción—, con una reclamación extrajudicial o con la presentación de la demanda. Recomendamos burofax con acuse: corta la prescripción, deja prueba del importe reclamado y muchas veces evita el procedimiento judicial.

¿Sirve de algo intentar un acuerdo antes de demandar?

No solo sirve: para la mayoría de reclamaciones civiles y mercantiles es obligatorio desde la reforma procesal de 2025. La negociación previa (MASC) es un requisito de procedibilidad, así que hay que intentarla y documentarla: si no se acredita, el juzgado puede no admitir la demanda. Además, un acuerdo firmado en mediación o en conciliación es título ejecutivo y cobra mucho más rápido que una sentencia.

¿Qué cláusulas son imprescindibles en un contrato entre empresas?

Objeto y alcance del servicio, precio y forma de pago con intereses de demora, plazo y condiciones de prórroga, responsabilidad con sus límites, indemnizaciones, protección de datos cuando hay datos personales de por medio, confidencialidad, causas de resolución y foro competente. En contratos con consumidores se añaden las condiciones generales y el control de transparencia. Un buen contrato no es el más largo, sino el que deja claro qué pasa si algo falla.

¿Puedo reclamar los daños y perjuicios además del importe impagado?

Sí, siempre que se pruebe el daño y su relación con el incumplimiento. Se pueden reclamar los daños efectivos (el perjuicio causado) y el lucro cesante (lo que se dejó de ganar), además de los intereses. Si el contrato incluye cláusula penal, hay que elegir: reclamar la pena pactada o exigir el daño probado más los intereses, salvo que la propia cláusula prevea otra cosa. Es una decisión con impacto económico y conviene calcularla antes de presentar la demanda.

¿Qué hago si un proveedor entrega mercancía defectuosa?

Comunicarlo por escrito lo antes posible y, en compraventas mercantiles, dentro del plazo pactado o, en su defecto, en los treinta días siguientes a la entrega: si se deja pasar, se presume que la mercancía fue aceptada y la reclamación se debilita mucho. Conviene dejar constancia del estado del género, no manipularlo y, si el defecto es relevante, pedir peritaje. A partir de ahí, la vía es exigir la reparación, la sustitución o la resolución con devolución del precio.

¿Es válido un contrato firmado por email o sin firmar?

Sí. Entre empresas el contrato existe desde que hay consentimiento sobre el objeto y la causa, y un intercambio de correos, un presupuesto aceptado o unos pedidos confirmados pueden probarlo. El problema no es la validez, sino la prueba: sin firma ni documento único, lo que se discute en juicio es qué se pactó exactamente. Cuando el importe o el riesgo lo justifica, redactamos un contrato único con las condiciones completas y, si conviene, con firma electrónica cualificada.

Revisamos tu contrato

Antes de firmar, danos el borrador.

Primera consulta gratuita y confidencial. Revisamos el contrato o el impago que tienes sobre la mesa y te decimos qué riesgo asumes y cómo reclamarlo.

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