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Empresas · Guía práctica

Cláusula penal en un contrato mercantil: cómo reclamarla

La cláusula penal fija de antemano una cantidad como indemnización por el incumplimiento. Aporta previsibilidad, pero si está mal redactada puede acabar siendo una parte del problema en lugar de la solución.

Publicado el 26 de septiembre de 2026 · Lectura: 8 min

1. Qué es la cláusula penal

Es la estipulación que fija una suma dineraria para el caso de incumplimiento. Las partes pueden pactarla dentro de los límites del contrato mercantil, y su función es evitar que haya que justificar y valorar el daño cada vez.

2. Cuándo puede reducirse la pena

El juez puede moderar la pena en determinados casos, como cuando la obligación se cumplió solo en parte o cuando el deudor pagó después de cumplirse. La reducción no es automática y hay que alegarla y fundamentarla.

3. Cómo se calcula la indemnización

La cantidad reclamada es la que figura en la cláusula. Conviene que el contrato diga si esa pena es la única compensación posible o si se permite pedir además otros daños. Esa redacción decide buena parte de la discusión.

4. Cómo se reclama el incumplimiento

Primero se identifica el incumplimiento y la fecha en que ocurrió. Se reclama por escrito, con la cuantificación y la reserva expresa de derechos. Según el caso, puede resolverse por la vía monitoria o con una demanda ordinaria.

5. Pruebas que hay que reunir

El contrato firmado. Los correos y las comunicaciones con la otra parte. Los pedidos, las facturas y los albaranes. Los extractos bancarios. Cada documento debe estar fechado y vinculado al incumplimiento concreto.

6. Errores al redactarla

Una pena desproporcionada es más fácil de reducir que de cobrar. Una redacción ambigua genera conflicto de interpretación. Y una cláusula mal conectada con el resto del contrato puede llegar a no aplicarse.

Checklist antes de actuar

  • Releer la cláusula penal del contrato.
  • Comprobar que la cantidad es proporcionada.
  • Documentar el incumplimiento y su fecha.
  • Reclamar por escrito con la cuantificación.
  • Reunir contrato, facturas y comunicaciones.

Preguntas frecuentes

¿La cláusula penal sustituye a la indemnización del daño?

Depende de lo pactado. Si el contrato dice que la pena es la única compensación, esa es la que se reclama. Si permite reclamar además otros daños, se pueden pedir las dos cosas juntas.

¿Puede el juez reducir la pena?

Sí, en los casos previstos en la normativa, y siempre a petición de la parte interesada. No es automático, de modo que conviene alegarlo expresamente en la demanda o en el escrito de oposición.

¿Sirve la cláusula penal si nunca se reclamó?

Es exigible desde el vencimiento de la obligación, sin que haga falta un requerimiento previo. Aun así, conviene reclamar por escrito para dejar constancia de la voluntad de cobro.

Revisado por , abogado colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Lucena y titular de Scruz Abogados. Más de 20 años de experiencia en derecho civil, familia, penal, laboral y mercantil.

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