Requerimiento fehaciente
Enviamos burofax con acuse de recibo y certificación de contenido para que conste fehacientemente la interpelación de pago. Es el primer paso antes de la vía judicial.
Derecho de obligaciones · Cobro de deudas
Recuperamos tu dinero con todos los medios a nuestro alcance: requerimiento extrajudicial, monitorio, vía ejecutiva y embargos.
Reclamación
Rápida y eficaz
Vías
Extrajudicial + judicial
Coste
Presupuesto cerrado
Bufete Scruz Abogados
Si un cliente, empresa o particular no paga, no esperes más. El impago corroe tu rentabilidad y puede llegar a poner en riesgo la continuidad de tu negocio o las necesidades de tu familia. Actuamos con contundencia y agilidad para recuperar lo que es tuyo, utilizando todas las vías legales a nuestro alcance.
Nuestros servicios incluyen la reclamación amistosa profesional (burofax con acuse), el procedimiento monitorio para deudas acreditadas, la promoción de juicio verbal u ordinario cuando el deudor se opone, la investigación patrimonial completa y, en última instancia, la ejecución forzosa con embargo de cuentas, sueldos, vehículos e inmuebles hasta conseguir la recuperación efectiva.
Además de la cantidad adeudada, reclamamos los intereses de demora, los intereses pactados en el contrato y las costas procesales cuando es posible. Cada caso lo tramitamos con presupuesto cerrado y, sobre todo, con el objetivo único de que recupere cada euro que te pertenece.
Qué reclamamos
Cobertura completa del itinerario de una deuda impagada: reclamación amistosa, reclamación judicial y ejecución forzosa.
Enviamos burofax con acuse de recibo y certificación de contenido para que conste fehacientemente la interpelación de pago. Es el primer paso antes de la vía judicial.
Reclamación rápida para deudas dinerarias con documento que la acredite. Si el deudor no se opone, despachamos ejecución y embargamos sus cuentas y bienes.
Cuando el deudor se opone al monitorio o la cuantía supera su límite, promovemos el juicio que corresponda. Reclamamos principal, intereses y costas.
Logramos el embargo de cuentas corrientes, sueldos, vehículos, inmuebles y cualquier bien del deudor que aparezca en la investigación patrimonial.
Consultamos el Registro de la Propiedad, el catastral, el mercantil y otros registros públicos para localizar bienes del deudor y diseñar la mejor estrategia de ejecución.
Reclamamos los intereses legales o los pactados en el contrato, cuando proceda. En operaciones entre empresas aplicamos el tipo previsto en la Ley 3/2004.
Tiempos orientativos
Estimación realista de los plazos que maneja cada fase del proceso de reclamación y ejecución. Cada caso se confirma tras el estudio inicial.
Reclamación amistosa
Burofax y negociación
Plazo orientativo.
Procedimiento monitorio
Hasta el decreto de ejecución
Plazo orientativo.
Juicio verbal / ordinario
Hasta sentencia firme
Plazo orientativo.
Ejecución y embargo
Cobro efectivo
Plazo orientativo.
Tiempos aproximados. La duración real depende de la complejidad de la deuda, la oposición del deudor y la carga de los juzgados.
Metodología
Estudiamos la documentación de la deuda, identificamos la vía procesal más rápida y te informamos de plazos y probabilidades de éxito.
Enviamos burofax con interpelación de pago y adjuntamos la documentación. Muchos deudores pagan en cuanto reciben este requerimiento formal.
Si el deudor no paga, iniciamos un monitorio o, si procede, un juicio verbal u ordinario. Reclamamos principal, intereses y costas procesales.
Una vez conseguida la sentencia o el decreto del monitorio, despachamos ejecución: embargos de cuentas, sueldos, vehículos e inmuebles hasta cobrar la totalidad.
Por qué elegirnos
Actuamos en las horas siguientes a tu primera consulta. En el mundo de la empresa, cada día que pasa es un día más sin cobrar.
Realizamos una búsqueda patrimonial completa de tu deudor: cuentas, inmuebles, vehículos y vinculaciones societarias para garantizar el cobro.
Combinamos la presión extrajudicial con la estrategia procesal más eficaz. Nuestro objetivo es único: que cobres lo que es tuyo.
Preguntas frecuentes
Las preguntas más habituales sobre cobro de deudas, monitorio, intereses de demora y sentencias firmes.
Trabajamos con presupuestos cerrados según la cuantía y la vía procesal. En pequeños impagos el procedimiento monitorio tiene unos costes reducidos y la reclamación previa (burofax) es muy económica. Si el deudor se opone, los costes suben pero los intereses de demora suelen compensar la inversión. Te informamos por escrito de las opciones antes de empezar.
Cuando el deudor no tiene bienes conocidos, investigamos su patrimonio: cuentas bancarias, inmuebles, vehículos, ingresos y deudas con otros acreedores. Si descubrimos bienes ocultos o alzamiento, podemos perseguir al deudor personal y reanudar la reclamación. También cabe la responsabilidad de administradores o representantes legales en el caso de empresas.
El plazo general de prescripción es de 5 años desde que la factura pudo ser exigida (normalmente desde la fecha de vencimiento pactada o, en su defecto, desde su emisión). Para deudas documentadas en cheques, pagarés o letras de cambio los plazos varían entre 3 meses y 5 años según el caso. Te confirmamos el plazo aplicable tras el estudio del documento.
Sí. La firma en una factura no es imprescindible para reclamar la deuda, pero sí es muy útil: facilita la prueba del contrato y de la prestación. Cuando no hay firma, aportamos otros medios de prueba: correos, albaranes firmados, transferencias, fotos, testificales y cualquier documento que acredite la existencia de la deuda.
El monitorio permite reclamar deudas dinerarias (hasta 250.000 €) sin necesidad de abogado y procurador en primera instancia: presentas la solicitud con la factura y otros documentos, el juzgado requiere de pago al deudor y, si este no paga ni se opone, se despacha ejecución con embargos. Si se opone, el caso pasa a juicio verbal u ordinario.
Intereses de demora según Ley 3/2004 (3 puntos por encima del interés legal del dinero para empresas) y, en su caso, los intereses pactados en el contrato. Los tribunales también reconocen el derecho a reclamar el coste de los servicios jurídicos y de procurador cuando la deuda es de empresa a profesional o entre profesionales.
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