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Consumo y banca · Guía práctica

Ley de segunda oportunidad: cancelar deudas paso a paso

La segunda oportunidad permite a particulares y autónomos sobreendeudados cancelar las deudas que no pueden pagar tras un procedimiento ordenado. No es un perdón automático: hay que cumplir requisitos, intentar un acuerdo y pasar por el juez.

Publicado el 6 de octubre de 2026 · Lectura: 8 min

1. Qué es la segunda oportunidad

Es el mecanismo legal que permite a una persona física, deudora de buena fe, liberarse de las deudas que no puede asumir tras un procedimiento de insolvencia. Sustituye a la antigua idea de que las deudas acompañan de por vida.

No borra todas las deudas ni permite ocultar bienes: exige actuar de buena fe y someterse a un orden legal.

2. Quién puede acogerse

Pueden acogerse las personas físicas, incluidas las que han sido autónomos, que acreditan insolvencia y han actuado de buena fe. La ley exige intentar un acuerdo de pago antes de acudir al concurso.

La buena fe se aprecia con criterios objetivos, y su ausencia es la causa más habitual de que la exoneración se deniegue.

3. El acuerdo extrajudicial de pagos

El primer paso es intentar un acuerdo con los acreedores para reestructurar la deuda, con la intervención de un mediador concursal. Si se alcanza, el deudor cumple el plan y puede acceder a la exoneración.

Si el acuerdo no prospera, el procedimiento desemboca en el concurso consecutivo.

4. El concurso consecutivo

En el concurso se liquidan los bienes del deudor y se ordenan los pagos según la prelación legal. Al final, si concurren los requisitos, se puede solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho.

Existe una vía con plan de pagos, que permite conservar algunos bienes cumpliendo un plan durante unos años.

5. Qué deudas se cancelan

La exoneración alcanza la mayor parte de las deudas, pero hay excepciones legales, como determinados créditos públicos o las deudas por responsabilidad extracontractual o alimentos, según los casos.

El alcance exacto depende del tipo de procedimiento y de las circunstancias del deudor, por lo que conviene analizarlo con detalle.

6. Errores frecuentes

El error más común es pedir la exoneración sin haber intentado el acuerdo previo o sin acreditar la insolvencia y la buena fe. También lo es ocultar bienes o deudas, que puede hacer perder el beneficio.

Ordenar las deudas, documentar la situación y seguir el procedimiento en su orden son imprescindibles para que la cancelación prospere.

Checklist antes de actuar

  • Haz una lista completa de tus deudas.
  • Comprueba si actúas de buena fe.
  • Intenta el acuerdo extrajudicial de pagos.
  • Acredita tu insolvencia.
  • No ocultes bienes ni deudas.

Preguntas frecuentes

¿Se cancelan todas las deudas?

No todas. La exoneración alcanza la mayor parte, pero quedan fuera determinados créditos por excepción legal, según el procedimiento y las circunstancias del deudor. Hay que analizar cada caso.

¿Puedo acogerme si soy autónomo?

Sí. La segunda oportunidad está pensada también para autónomos y personas físicas que han desarrollado una actividad, siempre que acrediten insolvencia y buena fe.

¿Hace falta ir a juicio?

El procedimiento pasa por el juez, pero primero se intenta un acuerdo de pagos extrajudicial. Si no se alcanza, el asunto continúa en el concurso consecutivo ante el juzgado.

Revisado por , abogado colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Lucena y titular de Scruz Abogados. Más de 20 años de experiencia en derecho civil, familia, penal, laboral y mercantil.

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