La Ley 12/2023 por el derecho a la vivienda introdujo las zonas de mercado residencial tensionado: áreas donde los precios del alquiler pueden limitarse. Tres años después, la realidad es desigual: más de 300 municipios están declarados en cuatro comunidades, pero Andalucía aún no ha declarado ninguna. Esto no significa que la norma no afecte a Lucena y Córdoba: el tope del IRAV para actualizar rentas se aplica a todos los contratos, y las reducciones del IRPF ya incentivan a los arrendadores a bajar precios. Esta guía explica qué es real y qué no de este debate, y qué debes saber firmes o renueves un alquiler.
1. Qué es una zona tensionada y cómo se declara
Una zona de mercado residencial tensionado es un área donde el acceso a la vivienda está comprometido. Para declararla, la comunidad autónoma debe acreditar alguno de estos criterios de la Ley 12/2023:
- Que el coste de la vivienda (compra o alquiler) supere el 30 % de los ingresos medios de los hogares de la zona.
- Que el precio de compra haya subido más de 3 puntos por encima del IPC en los últimos 5 años.
La declaración corresponde a cada comunidad autónoma (en Andalucía, a la Junta de Andalucía), y se hace por municipio o barrio, con vigencia de 3 años prorrogables. No es un trámite automático: exige voluntad política y datos objetivos, y por eso su despliegue ha sido tan desigual.
2. La situación real en 2026: dónde están declaradas
A mediados de 2026 hay más de 300 municipios declarados en cuatro comunidades: Cataluña, País Vasco, Navarra y A Coruña. Andalucía — incluida Córdoba y Lucena — no tiene ninguna zona declarada a fecha de hoy. Las consecuencias prácticas:
- En Lucena y Córdoba no se aplican los topes de renta de las zonas tensionadas (el límite de "no superar la renta del contrato anterior" y el índice de referencia para grandes tenedores).
- Eso puede cambiar: la Junta puede declararlas en cualquier momento, y hay debate abierto sobre municipios andaluces con presión turística y estudiantil.
- Para arrendadores e inquilinos, la situación puede cambiar de un año para otro: conviene saber qué implicaría una declaración.
3. Qué pasaría si tu municipio se declara tensionado
Si Andalucía declarara una zona (o si alquilas en una comunidad que ya la tiene), las reglas serían:
- Contratos nuevos: la renta inicial no puede superar la del contrato anterior que hubiera en la misma vivienda (con las actualizaciones aplicables).
- Grandes tenedores (personas o empresas con más de 10 viviendas, o más de 5 en zonas tensionadas según el caso): la renta no puede superar el índice de referencia (el Sistema Estatal de Referencia de Precios de Alquiler).
- El alquiler de temporada y turístico queda sujeto a reglas específicas cuando su finalidad es eludir la regulación.
Son reglas de "tope", no de bajada forzosa: el precio se limita hacia arriba, y las cláusulas que lo incumplan son nulas. Un contrato firmado con una renta superior al tope aplicable puede ser reclamado y corregido.
4. El IRAV: el tope que SÍ afecta a todos los alquileres
Aunque no haya zona tensionada, desde 2025 existe un límite que se aplica a todos los contratos de vivienda de España: la actualización anual de la renta dentro de un contrato en vigor ya no puede superar el Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda (IRAV), un índice mensual publicado por el INE que sustituyó a los topes del 2 % y 3 % de los años anteriores.
- La subida anual de tu alquiler no puede exceder el IRAV vigente (en el entorno del 2-3 % en 2025-2026), aunque el contrato pactara IPC u otro índice.
- Si el arrendador aplica una subida superior al IRAV, se puede impugnar y recuperar lo cobrado de más.
- La revisión debe pactarse y notificarse correctamente; las cláusulas que fijan subidas automáticas por encima del límite legal son nulas en la parte que exceda.
Este es el punto que más reclamaciones está generando en la práctica de los arrendamientos: subidas abusivas aplicadas "porque el contrato lo dice", cuando la ley las limita desde 2025.
5. Las reducciones del IRPF: el incentivo para bajar rentas
La Ley 12/2023 reformó la fiscalidad del arrendador de vivienda habitual, con reducciones que pueden hacer muy interesante bajar la renta:
- 50 % con carácter general (si la vivienda se arrendó como vivienda habitual).
- 90 % si la renta del nuevo contrato es más de un 5 % inferior a la del contrato anterior, en zona tensionada.
- 70 % por el primer alquiler a jóvenes de 18 a 35 años en zona tensionada a precio asequible.
- 60 % por vivienda rehabilitada en los dos años anteriores al arrendamiento.
En Andalucía, sin zonas declaradas, se aplica la reducción general del 50 %; si tu municipio se declarara, las reducciones del 90 % y 70 % abrirían un incentivo fiscal real para bajar rentas. Es un argumento de negociación que los arrendadores desconocen con frecuencia y que conviene calcular caso por caso antes de fijar una renta nueva.
6. Qué hacer ante una subida o un contrato abusivo
- Comprueba el índice aplicado: si tu contrato se actualizó en 2025 o 2026, la subida no puede superar el IRAV del mes correspondiente.
- Guarda el contrato y las comunicaciones de subida: son la prueba de la cláusula y de lo cobrado.
- Reclama por escrito al arrendador la aplicación correcta del límite y la devolución de lo cobrado de más.
- Si no hay acuerdo, se puede demandar la nulidad de la cláusula de actualización en la parte que exceda y la restitución del exceso — sin perder el contrato.
Y si eres arrendador: antes de fijar la renta de un contrato nuevo, conviene calcular qué reducción del IRPF te aplica con la renta propuesta; a veces bajar un 5 % la renta reduce tu factura fiscal lo bastante como para que el ingreso neto suba.
7. Preguntas frecuentes
¿Mi alquiler en Lucena está topado?
La renta inicial no está topada por zonas tensionadas (Andalucía no ha declarado ninguna). Pero la actualización anual dentro del contrato sí está limitada al IRAV desde 2025: si te han subido más, la subida es impugnable en la parte que exceda.
¿Me pueden subir el alquiler por el IPC si el contrato lo dice?
No, si la subida supera el IRAV. Desde 2025, el tope del IRAV se impone con independencia de lo pactado en el contrato: la cláusula que fije una actualización superior es nula en la parte que exceda el límite legal.
¿Qué hago si mi casero me sube más de lo permitido?
Reclama por escrito con el IRAV del mes aplicable, guarda el contrato y las comunicaciones y, si no corrige, demanda la nulidad de la cláusula y la devolución del exceso. La reclamación no pone en riesgo el contrato: se ataca solo la subida indebida.
¿Puedo bajar la renta de mi piso sin perder dinero?
A veces sí: las reducciones del IRPF (50 % general; 90 %/70 % en zona tensionada) pueden hacer que una renta ligeramente inferior al contrato anterior genere más ingreso neto. Se calcula con tus datos antes de fijar la renta nueva.
¿Pueden declarar Lucena zona tensionada pronto?
Depende de la Junta de Andalucía y de los datos del municipio: presión de precios y peso del esfuerzo de las familias sobre la vivienda. Es una decisión política con base objetiva; si ocurriera, los contratos nuevos quedarían topados por la renta anterior y se abrirían las reducciones del 90 %/70 %. Lo seguimos de cerca por su impacto en la zona.
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¿Tu casero te ha subido el alquiler más de lo que permite la ley?
Revisamos tu contrato, comprobamos el límite del IRAV aplicable y reclamamos la devolución de lo cobrado de más. Y si eres arrendador, te calculamos la reducción del IRPF que te corresponde con la renta que piensas fijar. Primera consulta gratuita en Lucena, Córdoba o por videollamada.
Contenido orientativo. La información de esta guía no sustituye el asesoramiento jurídico personalizado para tu caso concreto. La declaración de zonas tensionadas y los índices (IRAV) se actualizan periódicamente — se confirma la versión vigente en cada consulta.