1. Qué es el despido nulo
El despido nulo es el que se declara por vulnerar derechos fundamentales o por incurrir en las causas que la ley sanciona con la máxima protección al trabajador. No se discute tanto la causa del despido como el móvil que lo provoca.
Es distinto del procedente, que es un despido ajustado a derecho, y del improcedente, que puede serlo o no pero no vulnera derechos fundamentales.
2. Causas de nulidad
Son causas típicas el despido que vulnera la igualdad o la no discriminación, el que se produce por embarazo, por reducción de jornada por guarda legal, por el disfrute de permisos de conciliación, por represalia tras reclamar o denunciar, o por ejercer derechos fundamentales.
También se declara nulo el despido de trabajadores con determinadas protecciones, como las relacionadas con la violencia de género o el acoso, en los supuestos legales.
3. Readmisión y salarios de tramitación
Declarado nulo el despido, la empresa debe readmitir al trabajador en las mismas condiciones y pagarle los salarios de tramitación desde el despido hasta la readmisión. La opción no la elige la empresa, a diferencia de lo que ocurre en el improcedente.
Además, la vulneración del derecho fundamental puede dar lugar a una indemnización por daños morales, que se acumula a la readmisión y a los salarios.
4. Diferencia con improcedente y procedente
En el despido improcedente la empresa puede elegir entre readmitir o indemnizar, salvo representantes. En el nulo no hay elección: hay readmisión obligatoria con salarios. En el procedente, el despido es válido y no da derecho a nada.
Acertar con la calificación es decisivo, porque de ella dependen las consecuencias y la estrategia de la reclamación.
5. Plazos y papeleta
El plazo para impugnar el despido es de 20 días hábiles desde su efectos, y se agota presentando la papeleta de conciliación. Dejar pasar el plazo convierte el despido en firme, sea cual sea su causa.
Reunir desde el principio la prueba del móvil discriminatorio y de los hechos cercanos a la decisión es lo que sostiene la nulidad.
6. Errores frecuentes
El error más caro es no reaccionar dentro del plazo o firmar el finiquito sin reservas pensando que luego se podrá reclamar. También lo es no documentar la situación previa al despido.
Consultar a un abogado laboralista de inmediato y conservar la prueba del indicio de discriminación son los dos pasos que más peso tienen.
Checklist antes de actuar
- Identifica el posible móvil discriminatorio.
- Reúne pruebas del contexto previo.
- No firmes el finiquito sin asesorarte.
- Respeta el plazo de 20 días hábiles.
- Presenta la papeleta de conciliación.
Preguntas frecuentes
¿Qué efectos tiene un despido nulo?
La readmisión obligatoria en las mismas condiciones y el pago de los salarios de tramitación, más una posible indemnización por daños morales cuando se ha vulnerado un derecho fundamental.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
Veinte días hábiles desde la fecha de efectos del despido, plazo que se agota presentando la papeleta de conciliación. Pasado ese plazo, el despido queda firme.
¿El despido nulo siempre se readmite?
Sí. A diferencia del improcedente, donde la empresa puede optar por indemnizar, en el nulo la readmisión es obligatoria y se acompaña del pago de los salarios dejados de percibir.
Revisado por Sergio Cruz Chacón, abogado colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Lucena y titular de Scruz Abogados. Más de 20 años de experiencia en derecho civil, familia, penal, laboral y mercantil.
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