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Herencias · Guía práctica

Declaración de herederos sin testamento: cómo se hace

Cuando alguien fallece sin testamento, la ley decide quién hereda y hay que acreditarlo antes de repartir los bienes. La declaración de herederos es el documento que lo prueba y suele ser el primer trámite de una herencia en Córdoba y en el resto de Andalucía.

Publicado el 6 de octubre de 2026 · Lectura: 7 min

1. Quién hereda cuando no hay testamento

La sucesión intestada se activa cuando el fallecido no dejó testamento válido, cuando el testamento no cubre todos los bienes o cuando sus disposiciones no se pueden cumplir. En ese caso el Código Civil fija un orden que, en lo esencial, llama primero a los hijos y descendientes.

Si no hay descendientes, heredan los padres y ascendientes; después, el cónyuge viudo; más tarde, los hermanos y sobrinos, y así sucesivamente hasta el Estado. Dentro de cada grupo hay reglas de proporción que conviene comprobar antes de repartir.

2. Declaración de herederos: notario o juzgado

La declaración de herederos se tramita por notario cuando los interesados están de acuerdo y el llamamiento es sencillo, o por el juzgado cuando hay conflicto, menores, personas con la capacidad modificada o herederos que no están localizables.

Ambas vías buscan lo mismo: un documento oficial que declare quiénes son los herederos. Ese documento es el que permite después vender bienes, cancelar cuentas o pagar el impuesto de sucesiones.

3. El acta de notoriedad paso a paso

La vía notarial se resuelve mediante un acta de notoriedad. El notario comprueba la identidad del fallecido, la ausencia de testamento y el parentesco de quienes reclaman su condición de herederos, y levanta acta con la declaración.

Para llegar a esa acta hay que explicar el parentesco con claridad, aportar los documentos y, en muchos casos, contar con testigos que conozcan la situación familiar. El notario puede además dirigirse al Registro de Actos de Última Voluntad.

4. Documentos que hay que aportar

Con carácter general: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, libro de familia o documentos que acrediten el parentesco, documentación de identidad de los interesados y datos de los bienes. Si hubo fallecimientos intermedios, hay que documentarlos también.

Un error frecuente es olvidar a un heredero o acreditar mal el parentesco. El notario necesita reconstruir la línea familiar completa, no solo la de quien pide el acta.

5. Después de la declaración: partición e impuestos

Con la declaración de herederos se puede inventariar y partir la herencia. La partición reparte los bienes entre los herederos, y puede hacerse en escritura notarial o, si hay conflicto, en un procedimiento judicial.

A partir de ahí corren los plazos fiscales del impuesto de sucesiones, que en Andalucía tiene particularidades y bonificaciones que conviene revisar antes de presentar la autoliquidación.

6. Errores y conflictos frecuentes

Los problemas más habituales son la aparición tardía de un testamento, la falta de acuerdo entre hermanos y los bienes que no figuran a nombre del fallecido. Cada uno se resuelve de forma distinta y algunos exigen acudir al juzgado.

Cuando aparecen desacuerdos, conviene frenar el reparto y ordenar la documentación antes de firmar cualquier papel. Un reparto hecho mal puede ser muy difícil de deshacer después.

Checklist antes de actuar

  • Pide el certificado de últimas voluntades.
  • Reúne la defunción y los documentos de parentesco.
  • Comprueba todos los herederos por cada línea familiar.
  • Elige notario o juzgado según exista acuerdo.
  • No repartas bienes antes de tener la declaración.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda una declaración de herederos?

Depende de la vía y de la documentación. Si todos están de acuerdo y los papeles están completos, la vía notarial es más rápida; si hay conflicto o falta documentación, el procedimiento se alarga.

¿Puedo vender una casa heredada antes de la declaración?

En la práctica necesitas acreditar que eres heredero. Sin testamento y sin declaración de herederos, la venta no se puede formalizar con normalidad, así que la declaración suele ser un paso previo.

¿Qué pasa si no aparece ningún heredero?

Cuando no se localiza a ningún heredero, el Código Civil llama al Estado. Aun así, el procedimiento para declarar esa situación también exige acreditar la ausencia de parientes.

Revisado por , abogado colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Lucena y titular de Scruz Abogados. Más de 20 años de experiencia en derecho civil, familia, penal, laboral y mercantil.

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