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Calculadora de plazos
Elige la materia, el plazo y la fecha desde la que corre, y mira hasta qué día tienes. Cada plazo lleva el artículo del que sale, porque un plazo sin base de cómputo no sirve de nada.
16 plazos en cuatro materias
Cada uno con su artículo y su fecha de inicio
Cómputo de meses de fecha a fecha, como manda la ley
Primera consulta gratuita en Lucena o Málaga
Un plazo sin fecha de inicio no sirve de nada
Cuando alguien pregunta cuánto tiene de plazo, casi siempre falta lo importante: desde cuándo corre. En vía administrativa corre desde la notificación, y la notificación empieza a correr el día siguiente al de la fecha en que se recibe. En lo social, desde que el derecho se hizo exigible. En una herencia, desde el fallecimiento o desde que se tuvo conocimiento de él. Cambia la fecha de inicio y cambia el vencimiento, y ese error es el que hace que un plazo se pierda por un día.
- El día del hecho no se cuenta: se cuenta desde el siguiente.
- Los plazos en meses van de fecha a fecha, no día a día.
- Los plazos en días son días hábiles en vía administrativa.
- Si el último día es festivo o sábado, se prorroga al primer día hábil siguiente.
Qué plazos están aquí y cuáles no
Se han metido 16 plazos de cuatro materias: recursos administrativos, herencias, laboral y prescripción. Cada uno lleva su artículo, para que se pueda comprobar. Quedan fuera los que dependen de una norma sectorial que no se ha verificado, como las notificaciones de la Seguridad Social o de la Agencia Tributaria, que tienen plazos propios. Es preferible un catálogo corto y comprobable que uno largo y dudoso.
- Recursos: reposición, alzada, extraordinario de revisión, contencioso y vía de hecho.
- Herencias: aceptar o rechazar, prerrogativa de un mes, recisión y legítima.
- Laboral: acta de despido y prescripción de derechos.
- Prescripción: infracciones administrativas y acciones personales.
Lo que la calculadora no puede saber
No sabe en qué provincia se tramita el asunto, y por eso no aplica el calendario de festivos de cada provincia. Tampoco sabe si el acto que se recurrió es de mero trámite o no, ni si la notificación estaba completa. Esos tres datos cambian el resultado. Por eso la fecha que sale es una estimación con la base a la vista, y la comprobación se hace en la consulta, que es gratuita.
- Si el plazo vence en sábado, domingo o festivo, se prorroga al primer día hábil.
- En vía administrativa los plazos en días son días hábiles.
- Una notificación defectuosa puede hacer que el plazo no haya empezado a correr.
- Cuando el plazo va en meses y el día no existe en el mes de vencimiento, vence el último día de ese mes.
Resolvemos tus dudas
Preguntas frecuentes
¿La fecha que sale es exacta?
No del todo. La fecha base y el plazo salen de datos verificados, pero la calculadora no aplica los festivos de la provincia donde se tramite ni comprueba si la notificación fue válida. Es una estimación con la base a la vista, pensada para que sepas si el caso corre prisa.
¿Los plazos se cuentan en días hábiles o naturales?
En vía administrativa, los plazos expresados en días son días hábiles: no se cuentan sábados, domingos ni festivos. En la mayoría de los procedimientos judiciales el cómputo es de días naturales, aunque el último día inhábil se prorroga. La propia ficha de cada plazo indica cómo se cuenta.
¿Me han dicho que el plazo se ha interrumpido, es verdad?
No siempre. La prescripción se interrumpe si se reclama ante la administración o el órgano que corresponda, pero la caducidad no se interrumpe: el recurso contencioso es un plazo de caducidad y en ese caso hay que estar encima. La diferencia es la clave, y la primera consulta empieza por saber cuál de las dos cosas corre en tu caso.
¿Y si mi plazo no está en la lista?
Escríbenos con la materia y la fecha. Si es un plazo general que hemos dejado fuera por no estar verificado, lo comprobamos y lo añadimos con su artículo. Preferimos que falte un plazo en la lista a que haya uno puesto a ojo.
¿La primera consulta sigue siendo gratuita?
Sí. Se revisan los documentos, se identifica la materia, el órgano competente y el plazo que corre, y se dan las opciones con su coste. La calculadora no sustituye a esa revisión, la prepara.