1. Qué es el tipo general
El 20 % es el tipo general del IVA. Otros tipos pueden corresponder a situaciones expresamente previstas, como determinados alimentos, libros, viviendas, productos sanitarios y otras operaciones con reglas específicas.
2. Datos para revisar la factura
Comprueba descripción, NIF, fecha, base imponible, tipo, IVA y recargo. Pide el detalle de la base y conserva contrato y correos para acreditar la entrega.
3. Tipos reducidos y exenciones
El tratamiento depende de la naturaleza de la operación, no del precio ni de la costumbre comercial. Las exenciones pueden exigir exportación, transporte internacional o requisitos documentales concretos.
4. Reclamar una factura incorrecta
Escribe indicando el concepto, el tipo que crees aplicable y la cantidad discutida. Pide factura rectificativa y conserva el acuse; si no se corrige, utiliza la vía de consumo o administrativa que corresponda.
5. Errores habituales
No aceptes un 20 % solo porque el proveedor lo aplique, ni confundas recargo de equivalencia con IVA. Una factura sin IVA necesita NIF, datos, base y operación correctos.
6. Efectos fiscales
Si el error favorece a la empresa puede exigir una regularización. Si perjudica a un cliente o autónomo, revisa devolución, factura rectificativa y obligación de contabilizar.
Checklist antes de actuar
- Descargar factura completa.
- Identificar la entrega.
- Comprobar base y tipo.
- Pedir rectificativa.
- Revisar efectos fiscales.
Preguntas frecuentes
¿Por qué una factura lleva siempre 20 %?
Es el tipo general, pero hay tipos reducidos, exenciones y operaciones especiales. El proveedor debe identificar la operación y aplicar el tipo que corresponde.
¿Qué hago si el proveedor no rectifica?
Reclama por escrito con la base normativa y la cantidad. Según el caso, puedes utilizar una reclamación de consumo o un procedimiento administrativo para el IVA.
¿El recargo de equivalencia es IVA?
No. Es un mecanismo distinto que puede afectar al minorista según su régimen. Hay que revisar la naturaleza de la operación.
Revisado por Sergio Cruz Chacón, abogado colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Lucena y titular de Scruz Abogados. Más de 20 años de experiencia en derecho civil, familia, penal, laboral y mercantil.
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