1. Qué es una pareja de hecho
La pareja de hecho es la unión estable de dos personas que conviven con vocación de permanencia sin estar casadas. No constituye un matrimonio y su régimen jurídico lo fijan, según el caso, la ley autonómica y los pactos que la pareja haya suscrito.
Andalucía tiene su propia regulación, que exige inscripción en el registro y establece requisitos de convivencia y de empadronamiento.
2. El registro y la acreditación
Inscribirse en el registro de parejas de hecho facilita acreditar la convivencia y da acceso a determinados derechos, como ciertas prestaciones o permisos. Los dos miembros deben cumplir los requisitos y prestar su consentimiento.
También se puede acreditar la pareja sin inscripción, pero probar la estabilidad y la convivencia es más difícil y suele requerir varios medios de prueba.
3. El régimen económico
Por defecto no existe una sociedad de gananciales ni un patrimonio común como en el matrimonio: cada miembro conserva lo suyo y los bienes adquiridos en común se rigen por las reglas de la copropiedad.
La pareja puede regular su economía con un pacto o escritura, que es la vía más segura para ordenar qué ocurre con la vivienda, los bienes y las deudas.
4. Hijos y ruptura
Los hijos tienen los mismos derechos que en un matrimonio: ambos progenitores responden de su manutención y se decide la guarda y custodia y el régimen de visitas conforme al interés del menor, hayan estado casados sus padres o no.
En la ruptura se reparten los bienes comunes según la copropiedad y se reclama, en su caso, la contribución a los gastos y a los hijos, pero no existe una pensión compensatoria como en el divorcio.
5. Pensión y herencia
La pareja de hecho acreditada puede acceder a la pensión de viudedad cumpliendo los requisitos de convivencia, ingresos y dependencia económica, y debe probar la existencia de la pareja con los medios que exige la ley.
En la herencia no hay derechos legitimarios automáticos como para el cónyuge, así que, sin testamento a su favor, la pareja queda fuera de la sucesión salvo en los supuestos que la ley contempla.
6. Errores frecuentes
Confiar en que la convivencia basta para heredar o para cobrar una pensión es el error más común. Tampoco es buena idea dejar sin regular la vivienda y los bienes cuando hay aportaciones muy desiguales.
Inscribirse en el registro, ordenar la economía con un pacto y hacer testamento son tres pasos sencillos que evitan la mayoría de los problemas.
Checklist antes de actuar
- Valora inscribirte en el registro.
- Ordena la economía con un pacto.
- Guarda pruebas de la convivencia.
- Haz testamento si quieres proteger a tu pareja.
- Consulta antes de una ruptura.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo hay que convivir para ser pareja de hecho?
Depende de la normativa aplicable y, en Andalucía, de los requisitos de la ley autonómica y de la inscripción. La inscripción en el registro es la forma más segura de acreditar la pareja estable.
¿Hay gananciales entre parejas de hecho?
No por defecto. Cada miembro conserva sus bienes y los adquiridos en común se rigen por la copropiedad. Para regular la economía conviene suscribir un pacto o escritura ante notario.
¿Puede heredar la pareja de hecho?
Sin testamento a su favor, en general no hereda como el cónyuge, porque no tiene derechos legitimarios automáticos. Hacer testamento es la forma más clara de proteger a la pareja.
Revisado por Sergio Cruz Chacón, abogado colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Lucena y titular de Scruz Abogados. Más de 20 años de experiencia en derecho civil, familia, penal, laboral y mercantil.
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