Inventario de bienes y deudas
Relación completa de activos (vivienda, cuentas, vehículos, negocios, derechos) y pasivos (hipotecas, préstamos, cargas) para delimitar qué es ganancial y qué es privativo.
Derecho de Familia · Sociedad de gananciales
Tras el divorcio o la separación, el reparto de la vivienda, las cuentas y las deudas es una de las partes más conflictivas. Te ayudamos a liquidar con orden y sin perder patrimonio.
Especialidad
Sociedad de gananciales
Sedes
Lucena · Córdoba · Málaga
Primera cita
Gratuita
Bufete Scruz Abogados
Cuando termina un matrimonio o una convivencia bajo régimen de gananciales, los bienes comunes no se reparten solos: hay que disolver la sociedad y, después, liquidarla. Esto significa hacer un inventario completo de lo que es ganancial y de lo que es privativo, valorar los bienes y las deudas, y adjudicar a cada parte lo que le corresponde. Es un proceso con muchas decisiones: qué entra y qué no en el reparto, cómo se valora la vivienda, qué ocurre con la hipoteca, qué pasa si uno de los dos oculta bienes.
En Scruz Abogados llevamos liquidaciones de gananciales en Lucena, Córdoba y Málaga: preparamos el inventario con rigor, coordinamos las valoraciones, negociamos el reparto y, cuando no hay acuerdo, defendemos tu posición en el procedimiento judicial de liquidación. Nuestro objetivo es cerrar esta etapa con un reparto justo y con el menor desgaste posible.
Cada caso es distinto: una vivienda con hipoteca, un negocio familiar, una cuenta conjunta, una herencia recibida durante el matrimonio... Analizamos tu situación en la primera consulta gratuita y te decimos con transparencia qué te corresponde y por qué.
Qué tramitamos
Cobertura completa del proceso: disolución, inventario, valoración, acuerdo o vía judicial, e inscripción de los bienes.
Relación completa de activos (vivienda, cuentas, vehículos, negocios, derechos) y pasivos (hipotecas, préstamos, cargas) para delimitar qué es ganancial y qué es privativo.
Tramitamos la disolución por divorcio, separación, nulidad o separación de hecho, y defendemos tus derechos desde el momento en que el régimen queda en liquidación.
Negociamos y redactamos el convenio o la escritura de liquidación: adjudicación de lotes, compensaciones económicas y cuaderno particional sin pasar por el juzgado.
Cuando no hay acuerdo, instamos el procedimiento del art. 810 LEC: inventario judicial, avalúo, adjudicación y, en su caso, subasta de los bienes.
Coordinamos tasaciones y peritos para que la valoración sea justa y calculamos las compensaciones entre cónyuges cuando los lotes no son equivalentes.
Detectamos ocultaciones de bienes, impugnaciones de inventario y deudas discutibles para que el reparto sea real y no te perjudique.
Tiempos orientativos
Estimación realista de los tiempos según el tipo de patrimonio y si hay acuerdo. La confirmación exacta se realiza tras la consulta inicial.
Estudio del patrimonio
Recopilación y análisis de bienes, deudas y documentación
Plazo orientativo.
Inventario y valoración
Según la complejidad del patrimonio y las tasaciones necesarias
Plazo orientativo.
Adjudicación y escritura
Con acuerdo de las partes y liquidación de cargas
Plazo orientativo.
Liquidación judicial
Procedimiento del art. 810 LEC si no hay acuerdo
Plazo orientativo.
Tiempos aproximados. La duración real depende de la complejidad del patrimonio, la carga de los juzgados y la actitud de la otra parte.
Metodología
Recopilamos y revisamos los bienes y deudas de la sociedad: escrituras, cuentas, vehículos, negocios, préstamos y cargas.
Elaboramos el inventario definitivo, identificamos los bienes privativos y coordinamos la valoración de los gananciales con peritos si es necesario.
Buscamos primero el acuerdo extrajudicial (convenio o escritura); si no es posible, interponemos la demanda de liquidación judicial.
Formalizamos la adjudicación de bienes en escritura pública, liquidamos las cargas y procedemos a la inscripción en el Registro de la Propiedad.
Por qué elegirnos
Divorcios, custodias y liquidaciones de gananciales son nuestro día a día: conocemos los juzgados de Lucena, Córdoba y Málaga y la práctica real de estos procedimientos.
Una liquidación pactada es más rápida y barata que un pleito. Intentamos siempre el acuerdo, y solo acudimos al juzgado cuando es necesario.
Tratamos los asuntos familiares con total confidencialidad. Te damos un presupuesto cerrado y la primera consulta es gratuita.
Preguntas frecuentes
Las preguntas más habituales sobre la disolución y liquidación de la sociedad de gananciales.
Es el procedimiento por el que, tras disolverse el régimen económico de gananciales, se determinan los bienes y deudas comunes (inventario), se valoran y se reparten entre ambos cónyuges. El resultado final suele formalizarse en un cuaderno particional o en una escritura de adjudicación. Sin la liquidación, los bienes siguen en una comunidad que conviene cerrar cuanto antes para evitar conflictos y bloqueos.
Las causas más habituales son el divorcio, la separación o la nulidad del matrimonio. También se disuelve en otros supuestos: separación de hecho, embargo de bienes de uno de los cónyuges, muerte de uno de ellos o por acuerdo en convenio regulador. Desde ese momento los gananciales quedan en estado de liquidación y cualquiera de las partes puede instar el reparto.
Entran los bienes gananciales: salarios, frutos y rentas, bienes adquiridos a título oneroso durante el matrimonio, explotaciones y negocios comunes, y los derechos de pensión en la parte ganancial. También las deudas gananciales: cargas familiares, hipotecas, préstamos comunes. Quedan fuera los bienes privativos de cada cónyuge (los adquiridos antes del matrimonio, por herencia o donación, o con carácter privativo). Identificar correctamente qué es ganancial y qué es privativo es la clave del reparto.
Si no hay acuerdo sobre el inventario o la adjudicación, se acude al procedimiento de liquidación judicial del artículo 810 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: se forma el inventario con la intervención de ambos, se valora, y en caso de desacuerdo sobre los lotes se puede acudir a la subasta. Es una vía más larga y costosa; por eso siempre intentamos primero un acuerdo extrajudicial con inventario y avalúo previo.
Sí. La disolución y liquidación pueden pactarse en el convenio regulador del divorcio de mutuo acuerdo, pero también cabe disolver la sociedad de gananciales por separación de hecho o por otras causas sin divorcio. Si lo que quieres es simplemente regular la situación patrimonial, te asesoramos sobre la vía más adecuada en cada momento.
Depende del patrimonio y de si hay acuerdo. Con acuerdo y un patrimonio ordenado, el inventario, la valoración y la adjudicación pueden completarse en unos meses. En Scruz Abogados preparamos un presupuesto cerrado con todas las gestiones incluidas y te explicamos los plazos reales antes de empezar. La primera consulta es gratuita.
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