1. Voluntaria e involuntaria
La jubilación anticipada voluntaria permite adelantar la edad por decisión propia, con coeficientes reductores. La involuntaria exige que el cese se haya producido por causa no imputable al trabajador, como un despido colectivo o una extinción por causas objetivas.
La diferencia importa porque los coeficientes de la involuntaria son más suaves y porque cada vía exige requisitos y prueba distintos.
2. La edad y la cotización exigida
La edad mínima de acceso se ha ido elevando hasta 2027, igual que la edad ordinaria, y se exige un periodo mínimo de cotización que también crece por tramos. Sin ese mínimo no cabe la anticipada.
En la involuntaria, además, hay que acreditar el cese involuntario y, cuando corresponde, la inscripción como demandante de empleo.
3. Los coeficientes reductores
Cada trimestre o año adelantado aplica un coeficiente que reduce la base reguladora. El porcentaje depende de los años cotizados: a más cotización, menor recorte por cada periodo adelantado.
En la involuntaria los coeficientes son más bajos que en la voluntaria para el mismo adelanto, y también hay diferencias según la duración de la carrera de cotización.
4. Cuánto baja la pensión
La reducción se calcula sobre la pensión que habría correspondido a la edad ordinaria y se mantiene de por vida, no solo hasta alcanzar esa edad. Por eso conviene simular antes de decidir.
Esperar unos meses, completar cotizaciones o valorar la jubilación parcial suele reducir el recorte de forma notable.
5. Jubilación parcial y relevo
La jubilación parcial permite compatibilizar pensión y trabajo a tiempo parcial y exige un contrato de relevo con otro trabajador. Es una alternativa a la anticipada que muchos desconocen.
Sus requisitos de edad y cotización son propios y han cambiado con las últimas reformas, así que conviene comprobarlos antes de plantearla.
6. Errores y comprobaciones
El error más habitual es pedir la anticipada sin simular el efecto del coeficiente y sin revisar la vida laboral. También lo es confundir una extinción voluntaria con una involuntaria a efectos de la pensión.
Revisar la cotización, pedir una simulación y documentar la causa del cese son los pasos que evitan una reducción mayor de la esperada.
Checklist antes de actuar
- Comprueba tu edad y años cotizados.
- Simula la pensión antes de solicitarla.
- Acredita la causa del cese si es involuntaria.
- Valora la jubilación parcial.
- Documenta toda la cotización.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se reduce la pensión por anticiparla?
Depende de los años cotizados y del tiempo adelantado: a más cotización y menos adelanto, menor es el coeficiente. La reducción se aplica sobre la pensión y se mantiene de por vida.
¿Qué diferencia hay entre voluntaria e involuntaria?
La voluntaria parte de una decisión propia; la involuntaria exige un cese por causa no imputable al trabajador. La involuntaria tiene coeficientes más suaves y requiere acreditar la causa.
¿Puedo trabajar y cobrar parte de la pensión?
Sí, con la jubilación parcial, que permite compatibilizar pensión y trabajo a tiempo parcial y exige un contrato de relevo. Sus requisitos son distintos de los de la anticipada.
Revisado por Sergio Cruz Chacón, abogado colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Lucena y titular de Scruz Abogados. Más de 20 años de experiencia en derecho civil, familia, penal, laboral y mercantil.
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