1. Qué es la portabilidad
Es el derecho a cambiar de compañía conservando el número de teléfono. La operadora de destino tramita la solicitud y la de origen no puede impedir el cambio ni cobrar por él.
La portabilidad debe ejecutarse en el plazo previsto, normalmente un día laborable para la telefonía móvil y algo más para la fija. Un retraso injustificado puede reclamarse.
2. La permanencia y sus límites
La permanencia obliga a mantener el contrato durante un tiempo a cambio de una ventaja, como un terminal subvencionado o un descuento. Debe constar por escrito, con su duración y su compensación.
Una permanencia no informada o impuesta sin contrapartida real es impugnable. Tampoco puede prolongarse indefinidamente ni aplicarse a servicios que no la incluyan.
3. Compensación por incumplir la permanencia
La compensación debe ser proporcional al tiempo restante y al beneficio recibido, y estar incluida en el contrato. Si es desproporcionada o no estaba pactada, puede reclamarse.
La empresa debe acreditar la existencia y el contenido de la permanencia. Sin prueba escrita, el cobro carece de base y suele ser reclamable con éxito.
4. Cobros indebidos y facturas
Son frecuentes los cobros por servicios no contratados, cambios de tarifa sin consentimiento, cargos duplicados y facturas posteriores a la baja. Todos son reclamables con la factura como prueba.
La operadora debe entregar la factura detallada y responder a la reclamación. Si no lo hace, procede acudir a consumo o a los tribunales.
5. Cómo reclamar
El primer paso es reclamar por escrito al servicio de atención al cliente y pedir número de referencia. Si no contesta en el plazo legal o desestima sin motivar, se puede acudir a la oficina de consumo.
Antes de demandar, es obligatorio intentar la reclamación previa ante la operadora. Guardar contratos, facturas y comunicaciones refuerza la posición.
6. Baja y cambio de operador
La baja no puede supeditarse a llamadas de retención ni a trámites añadidos. Basta con solicitarla por el canal previsto y confirmar la fecha de efectos.
Tras la baja, la empresa debe devolver los importes cobrados de más y dejar de facturar. Si sigue cobrando, cabe reclamar la devolución con intereses.
Checklist antes de actuar
- Guarda el contrato donde conste la permanencia.
- Reclama por escrito y pide número de referencia.
- Exige la factura detallada de los cargos discutidos.
- Acude a consumo si no contestan en plazo.
- Conserva toda la comunicación con la operadora.
Preguntas frecuentes
¿Pueden cobrarme por la portabilidad?
No. El cambio de operador conservando el número es gratuito y no puede impedirse. Solo cabría una compensación si existe una permanencia válidamente pactada.
¿Qué hago si me cobran una permanencia que no pacté?
Reclama por escrito y exige el contrato donde conste. La empresa debe acreditar la permanencia y su compensación. Sin prueba escrita, el cobro es impugnable.
¿Dónde reclamo si la operadora no responde?
Tras la reclamación previa a la operadora, puedes acudir a la oficina municipal o autonómica de consumo. Si no se resuelve, cabe la vía judicial.
Revisado por Sergio Cruz Chacón, abogado colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Lucena y titular de Scruz Abogados. Más de 20 años de experiencia en derecho civil, familia, penal, laboral y mercantil.
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